El TEDH avala que los empresarios puedan «controlar» el email privado de sus empleados.

 En Leyes

El Tribunal de Derechos Humanos avala que el empresario pueda revisar el contenido de las comunicaciones de sus empleados, incluso cuando se realicen desde una cuenta privada y aún no existiendo un perjuicio para la empresa que lo justifique. Asi se recoge en una sentencia de 12 de enero en el caso «Babulescu vs. Rumanía». En el supuesto enjuiciado, el empleado se abrió una cuenta de mensajería privada, a instancias de su empleador, para responder consultas con sus clientes, desde un ordenador de la empresa y en horas de trabajo.

Después de que durante nueve días controlara el contenido de los mensajes, el empresario comunicó al empleado que sabía que estaba utilizando la cuenta con fines personales. El empleado negó la acusación afirmando que tan sólo le daba fines profesionales. El empleador le mostró las transcripciones. Y finalmente fue despedido.

El TEDH afirma que, en un supuesto como el descrito, debe valorarse la existencia de un «justo equilibrio» entre el respeto de su vida privada y su correspondencia, «y los intereses del empleador».

El fallo cuenta con el voto particular del magistrado Paulo Pinto, que sostiene que las comunicaciones realizadas a través de Internet no están menos protegidas «por la única razón de que se produzcan durante la jornada laboral, en el lugar de trabajo o en el contexto de una relación laboral».

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